PROGRAMA DE ATENCIÓN A LOS TRASTORNOS DE LA CONDUCTA ALIMENTARIA (PTCA)
Desde el Programa de Atención a los Trastornos de la Conducta Alimentaria de la Red de Salud Mental de Navarra (Servicio Navarro de Salud) nos ponemos en contacto con Uds. para facilitarles este documento en el que se explica de manera somera nuestro funcionamiento. Pueden difundirlo entre sus usuarios o público en general.
MISIÓN DEL PROGRAMA DE ATENCIÓN A LOS TRASTORNOS DE LA CONDUCTA ALIMENTARIA
El Programa de Atención a los Trastornos de la Conducta Alimentaria (PTCA) de la Red de Salud Mental de Navarra es un dispositivo sanitario supraespecializado de referencia para el tratamiento de personas con Anorexia o Bulimia nerviosas como diagnóstico principal. Pretende brindar una atención especializada, intensiva, global y eficaz a estos/as pacientes, con especial atención a los cuadros de inicio reciente y a aquellos con más tiempo de evolución que se encuentren en ese momento en una situación más comprometida desde el punto de vista clínico. Atiende a personas mayores de 16 años, en régimen ambulatorio o de hospitalización parcial. [Las personas de 17 años, o menos, pueden ir al Infanto-Juvenil de Sarriguren]
UBICACIÓN Y CONTACTO
Líneas de autobús urbano:
en Avda. Barañain: 4, 7 y 19.
En Avda. Pio XII: 1, 2, 15 y 18.
Se realiza en el Pabellón Blanco del Hospital Universitario de Navarra (donde antes se ubicaba el Hospital de Día I)
Entrada principal: C/ Irunlarrea s/n. 31008. Pamplona. Línea 4 de autobús urbano
Entrada lateral: Av. Barañáin
Entrada peatonal: Av. Barañáin
948 19 85 95


Horario de atención al público: de lunes a viernes de 8:15h. a 15:00h.
El horario de los usuarios en régimen de hospitalización parcial es de 9:00h. a 14:30 h.
EQUIPO DE PROFESIONALES
Cuenta con un equipo multidisciplinar compuesto por profesionales de: psiquiatría, psicología clínica, enfermería, personal auxiliar de enfermería, trabajo social, terapia ocupacional y personal administrativo. El PTCA colabora con la formación de especialistas de enfermería, psiquiatría y psicología clínica, así como en el aprendizaje de estudiantes pregrado.
INSTALACIONES
Sala de estar (con área de ordenadores y biblioteca).
Sala de grupos.
Consultas.
Botiquín.
Cocina y comedor. Taller. Aseos y baño adaptado.
PROGRAMAS DE TRATAMIENTO
Programa ambulatorio intensivo - PAI.
Programa de hospitalización parcial - HD.
PROCESO DE INGRESO Y ACOGIDA
Derivación e inclusión en el PTCA
Las derivaciones se tramitan desde los diferentes Centros de Salud Mental y unidades de hospitalización de la Red de Salud Mental de Navarra, o desde la Sección de Nutrición y dietética del Servicio Navarro de Salud.
El PTCA contactará directamente con el/la paciente para informarle de la fecha de la primera entrevista. Esta información también se trasladará al dispositivo derivante.
El/la paciente, si es posible con su familia, acudirá a la primera entrevista donde se evaluará la situación clínica del/de la paciente y la idoneidad del dispositivo, y, si procede, se consensuará/decidirá la modalidad de tratamiento (HD o PAI). La decisión final se comunicará al dispositivo derivante.
Documentación necesaria para la inclusión en el PTCA
Contrato terapéutico y aceptación de las normas (se firmará con su referente el primer día).
Normas básicas
La adscripción al PTCA es voluntaria.
No obstante, para su buen funcionamiento, son precisas una serie de normas que se señalan a continuación:
Se ruega puntualidad.
En caso de no poder asistir al centro por motivo imprevisto lo comunicará al personal del centro llamando al teléfono: 948 19 85 95.
En régimen de hospitalización parcial, la asistencia al centro los días pactados con el terapeuta referente es obligatoria.
Deben respetarse los horarios.
En caso de precisar un permiso para ausentarse puntual o temporalmente lo comunicará previamente (uno o dos días antes).
Compromiso de colaboración con el tratamiento por parte del/de la paciente y de la familia, si procede.
Compromiso de no tomar ni traer al centro alcohol ni otras drogas, ni acudir en estado de intoxicación.
Solo accederán al recinto interno del centro las personas que se encuentren en tratamiento o estén citadas para consulta.
Aunque hay taquillas, cada usuario se responsabilizará de sus propias pertenencias. El Programa no se responsabiliza de los objetos personales extraviados. Se recomienda no traer objetos de valor.
Compromiso para facilitar un clima de respeto en la convivencia con el resto de los/las pacientes y con el personal.
Compromiso de realizar las pruebas de uroanálisis y/o etilometría que el equipo terapéutico considere necesario.
Está prohibido fumar en el centro y en todo el recinto hospitalario y así lo establece la Ley 42/2010, de 30 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo.
En cumplimiento de la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen, durante la estancia en el Pabellón Blanco, no está permitido el uso de teléfonos móviles u otros aparatos electrónicos (sólo se permite el uso de teléfonos móviles en situaciones puntuales con la autorización de los profesionales).
Igualmente queda prohibida la grabación, publicidad o difusión de imágenes u otros documentos a través de cualquier medio o soporte.
Información sobre el funcionamiento
El centro permanece abierto de lunes a viernes de 8:00h a 15.00h. La atención a los/las pacientes se inicia a las 8:15h. en régimen ambulatorio y a las 9:00h. en régimen de hospitalización parcial.
En hospitalización parcial se dispensa el desayuno de 09:00 a 09:30h, el almuerzo de 11:00 a 11:30h, la comida de 14:00 a 14:40h.
En hospitalización parcial se dispensará la medicación pautada para el horario de estancia en el centro; cuando así se haya acordado, se facilitará además la que está pautada para la tarde, noche y fin de semana.
Se le asignará un profesional responsable del plan de tratamiento durante su ingreso.
Se informará y precisará pasar por el control de acceso (entrada principal) a la entrada y salida del centro.
Las normas de funcionamiento específicas de cada espacio y programa se facilitarán por escrito el primer día.
Los y las pacientes se comprometen a mantener el orden y limpieza de estancias y materiales, así como las normas específicas de cada espacio del centro
Los y las pacientes se comprometen a mantener una correcta higiene personal.
En el caso de presentar otra enfermedad será remitido su Centro de Atención Primaria o a los Servicios de Urgencias si se considera necesario.
Si se produce un cambio en el estado físico o psíquico que impida el seguimiento del plan terapéutico, será remitido al dispositivo más adecuado para su abordaje.
Si fuera del horario del Programa de Trastornos de la Conducta Alimentaria se produce una situación de Urgencia, se llamará o se acudirá al Servicio de Urgencias del Complejo Hospitalario de Navarra (Teléfono: 848 42 22 22).
En situación de emergencia (humo, fuego, escape de agua, desperfectos) los y las pacientes avisarán al personal de cualquier incidencia observada. Harán caso de las instrucciones de actuación y/o evacuación que les indique el personal.
PROCESO DE EVALUACIÓN Y PLAN INDIVIDUALIZADO DE TRATAMIENTO
Se llevará a cabo, a la mayor brevedad posible, una evaluación completa y multidisciplinar para poder realizar un abordaje integral bajo la perspectiva bio-psico-social. Se propondrá un Plan Individualizado de Tratamiento que se podrá desarrollar bien en régimen de hospitalización parcial (Hospital de Día) o en régimen ambulatorio (consultas externas intensivas). El plan y el régimen de tratamiento se consensuarán con el/la paciente y la familia, y se irán revisando de forma continuada a lo largo del tiempo de atención, pudiendo variar en función de las necesidades detectadas.
PROCESO DE TRATAMIENTO
Se llevará a cabo un tratamiento personalizado, holístico (que comprenda a la globalidad del sujeto desde el punto de vista bio-psico-social). En función de la modalidad de tratamiento (hospitalización parcial o en régimen ambulatorio) y de las necesidades detectadas, el tratamiento incluirá:
Psicoterapia individual.
Psicoterapia grupal (solo en régimen de hospitalización parcial).
Psicoeducación.
Educación nutricional.
Abordaje psicofarmacológico, si lo requiere.
Intervención familiar (individual y grupal), si lo requiere.
Intervención ocupacional, si lo requiere.
Intervención social, si lo requiere.
COORDINACIÓN CON OTRAS UNIDADES / ATENCIÓN MULTIDISCIPLINAR
Siempre que sea necesario, se trabajará de manera coordinada con la Sección de Nutrición y dietética del Servicio de Endocrinología y nutrición del Hospital Universitario de Navarra de manera preferente. Cuando la situación así lo requiera, también se trabajará de manera coordinada con los diferentes servicios de hospitalización psiquiátricos y con el Servicio de Urgencias generales del Hospital Universitario de Navarra, así como con los Centros de Atención Primaria y de Salud Mental.
PROCESO DE ALTA
Los y las profesionales implicados en el proceso de alta le informarán de la fecha probable y de las gestiones relacionadas, realizándose para ello el plan de derivación al alta. Mediante informe de alta se informará al centro al que se derive de los objetivos clínicos y rehabilitadores alcanzados y aquellos que han quedado pendientes, asegurando de este modo la continuidad del tratamiento.
El proceso de alta puede ser:
Alta terapéutica: a criterio del profesional facultativo y consensuada con la persona usuaria generalmente por haber conseguido los objetivos del ingreso.
Alta voluntaria: a petición de la o el paciente. Se solicitará al profesional de referencia y se firmará el documento de alta voluntaria.
Alta administrativa: cuando la persona usuaria deja de acudir sin indicación facultativa ni solicitud previa de alta voluntaria.
DERECHOS Y DEBERES
Los derechos de los y las pacientes se recogen en varias normas tanto estatales como forales. La Ley Foral 17/2010, de 8 de noviembre, de derechos y deberes de las personas en materia de salud en la Comunidad Foral de Navarra recopila y desarrolla en profundidad los derechos recogidos en normas anteriores. Esta ley recoge tanto los derechos relacionados con la salud pública y los servicios asistenciales, así como los relativos a la intimidad, confidencialidad, información y documentación sanitaria, los concernientes a la autonomía de la voluntad y los derechos de los colectivos más vulnerables;
se pueden resumir en:
Derechos
Asistencia sanitaria de calidad y humana.
Confidencialidad de la información.
Recepción continuada de información
Recepción continuada de información general y asistencial.
Conocimiento de procedimientos para quejas y sugerencias.
Libertad de decisión y consentimiento informado.
Información y consentimiento en estudios experimentales y de investigación.
Deberes
Responsabilidad sobre la propia salud.
Seguir el plan de tratamiento recomendado y cumplir lo acordado en el Contrato Terapéutico.
Utilización racional de recursos y prestaciones.
Respeto a las personas, instalaciones y normas del Centro.
Lealtad y veracidad en las aportaciones de datos.
Para más información relacionada con este tema, se puede consultar en la siguiente página web: https://www.navarra.es/home_es/Temas/Portal+de+la+Salud/Ciudadania/Participac ion/Mis+derechos+y+deberes/
SUGERENCIAS Y RECLAMACIONES
El Decreto Foral 204/1994, de 24 de octubre, establece el procedimiento de quejas, reclamaciones y de propuesta de sugerencias de las y los ciudadanos respecto del sistema sanitario de la Comunidad Foral de Navarra.
Las sugerencias pueden realizarse
por escrito
a través del “Buzón de Sugerencias” del Hospital de Día
y a través de la página Web del Gobierno de Navarra.
También se pueden realizar de forma verbal al personal que le atiende.
Las reclamaciones deben realizarse a través de la HOJA DE RECLAMACIONES o mediante INSTANCIA GENERAL en la Unidad de Atención al Paciente y Admisión (UAPA), en la unidad donde está siendo atendido, en cualquier dependencia del Gobierno de Navarra o a través de su página web: www.salud.navarra.es/reclamacionesysugerencias
La persona que reciba la reclamación debe
devolver una copia fechada al reclamante
y hacer llegar la reclamación a la UAPA de la Dirección de Salud Mental.
En un plazo no superior a 20 días naturales desde la presentación de la queja o reclamación, la dirección del Centro remitirá al reclamante a través de la UAPA comunicación escrita que comprenderá:
Resumen del motivo de la reclamación.
Actuaciones practicadas.
Conclusión y medidas adoptadas.
En cada unidad hay a su disposición Hojas de Reclamación.
Solo se considera reclamación aquella presentada por la propia persona ingresada o por su representante legal.